Resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes

Encuentra respuesta a las dudas más comunes sobre nuestros servicios inmobiliarios.

1
¿Puedo arrendar siendo extranjero?
Claro que sí, en nuestra compañía no diferenciamos si eres nacional o extranjero, para nosotros lo más importante es que la persona tenga respaldo para las obligaciones del contrato, y este respaldo puede ser un co-arrendatario o mediante un contrato de fianza.
2
¿Es posible sugerir ajustes al contrato al momento de su firma?
Sí, es posible, siempre y cuando estos no vayan en contra de la ley 820 o modifiquen sustancialmente el mismo, esto en razón de que el contrato que nosotros utilizamos es avalado por la alcaldía.
3
¿Quién se hace cargo de las autorizaciones de mudanza?
En nuestra compañía contamos con un área especializada para esto, solo deberás brindarnos la información requerida para gestionar este trámite.
4
¿Cuándo me cobran IVA sobre el canon?
El cobro de IVA sobre el canon se realiza únicamente cuando son contratos con destinación comercial con personas jurídicas.
5
¿Qué papel cumple la afianzadora?
La afianzadora respalda los contratos suscritos con la inmobiliaria, garantizando el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del mismo.
6
¿La inmobiliaria me garantiza el pago de los servicios públicos?
Sí, por esta razón al iniciar un contrato de arrendamiento se constituye un depósito de servicios públicos, con el fin de poder garantizar el pago de esta obligación durante la vigencia del contrato.
7
¿Quién tiene la responsabilidad de pagar la tasa de seguridad ciudadana?
Lo deberá pagar el arrendatario del contrato, toda vez que el valor se calcula conforme al consumo de energía que se genera en el inmueble.
8
¿Puedo tener mi empresa en una copropiedad?
Sí, siempre y cuando el inmueble tenga una destinación de uso comercial, o que la actividad comercial que vas a realizar esté alineada con el reglamento de la co-propiedad.
9
¿Es legal que me exijan depósitos para servicios públicos y otros?
Sí, es legal el depósito de servicios públicos domiciliarios de conformidad con lo establecido en la ley 820, la cual se encarga de regular la renta de vivienda urbana.
10
¿La comisión de administración es con base en el canon de arrendamiento?
No, la comisión es estandarizada para todos los contratos, y es del 10% del canon de arrendamiento.
11
¿Cuándo debo pagar IVA sobre la comisión?
De conformidad con el régimen tributario vigente en Colombia, el IVA sobre la comisión se debe de implementar en todos los contratos de administración.
12
¿Cómo puedo terminar mi contrato de administración de manera anticipada?
Cada caso es diferente, por ello deberás hacer la solicitud a la abogada ejecutiva encargada de tu contrato, esta revisará el caso en concreto y te guiará de la mejor forma.
13
¿En qué consiste el pago de gastos operativos al momento de firmar mi contrato de arrendamiento?
Es el cobro que realiza la agencia por los servicios que se prestan antes y durante la ocupación del inmueble, se genera una única vez durante la vigencia del contrato.
14
¿Cuál es la comisión por vender mi inmueble a través de la inmobiliaria?
La comisión que se debe pagar por la gestión de la venta del inmueble es del 3% más IVA sobre el valor del inmueble.
15
¿En qué zonas presta sus servicios Confort Broker?
Tenemos presencia en El Poblado, Envigado, Sabaneta, El Escobero, Laureles, Estadio, Velódromo y Oriente Antioqueño.
16
¿Qué gastos tengo como comprador del inmueble?
Los gastos generales son: rentas, registro y gastos notariales. Si la compra es por crédito, los gastos serán estipulados por el banco. Algunos gastos se dividen en partes iguales con el vendedor según lo acordado en la negociación.
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